Ante la necesidad de establecer medidas para prevenir, atender y erradicar la VPRG, así como para garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de las mujeres del estado, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó el Protocolo de actuación para atender casos de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPRG) del Instituto, en el marco del proceso electoral actual.
El Protocolo será una herramienta para proporcionar una atención de calidad y con calidez a las personas que viven una situación de VPRG, con el fin de prevenir un mayor daño, canalizarlas ante las instancias competentes y coadyuvar en el acceso a la justicia.
Personal de la Coordinación de Género, Derechos Humanos e Inclusión del IEEPCNL se encargará de atender, acompañar, informar, orientar y, en su caso, canalizar a las víctimas a las instancias competentes, tanto de manera presencial en las instalaciones del Instituto como telefónica o virtual.
Se considera VPRG toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que limite, anule o menoscabe el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, y el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
Lo anterior, puede ser perpetrado indistintamente por agentes estatales, superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidaturas, candidaturas postuladas por los partidos o representaciones de éstos; medios de comunicación y sus integrantes, o bien, por un particular o por un grupo de personas particulares.
La Ley Electoral del Estado contempla las sanciones a aplicar en estos casos, a partidos o agrupaciones políticas; personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular; candidaturas independientes; ciudadanía, y cualquier persona física o moral, entre otras.
Resuelven Recurso de Revocación
Al resolver un Recurso de Revocación en la sesión extraordinaria de este 12 de enero, el IEEPCNL confirmó el acuerdo de la integración de las Comisiones Municipales Electorales del estado que impugnó el representante suplente del PRI ante el Instituto, Juan Manuel Esparza, por la designación de Francisco Javier Velázquez, como Presidente de la Comisión de Zuazua, por ser militante de un partido; al considerar que los argumentos del demandante carecen de sustento jurídico.