Roberto Farías, diputado local de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para modificar la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano estatal para sancionar a los desarrolladores que no cumplan con la plantación de árboles nativos con la suspensión de la autorización otorgada.
Con la Ley actual, expuso Farías, los desarrolladores pueden evadir la plantación de árboles nativos a través de un pago en moneda o especie.
Sin embargo, con la modificación que propone el diputado emecista, se busca que “la obligatoriedad de plantar los árboles (…) en ningún caso podrá ser conmutada por el pago de cantidad alguna en moneda o especie”, precisa la iniciativa.
Farías indicó que, ante la falta de árboles nativos, se derivan problemas como el del cambio climático, lo que provoca aumentos en la temperatura, así como exceso de gases de efecto invernadero en la atmósfera, provocando así el aumento de las posibilidades de que exista aire sucio en Nuevo León.
Es por eso que se busca garantizar la plantación de árboles nativos por parte de los desarrolladores, ya que los espacios verdes abundantes actúan contra el calentamiento global debido a que absorben del aire el CO2 y los gases con propiedades de efecto invernadero, además de brindar importantes servicios ambientales.
También brindan alimento y refugio para insectos y aves, comentó el legislador emecista.
Farías indicó que algunos de los beneficios de contar con árboles nativos, es que hacen “más lenta la escorrentía de agua frente a posibles inundaciones, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios y ayudan a combatir el efecto de isla de calor en las ciudades”.
Asimismo, “purifican el aire en las ciudades, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios. Además, se considera que los árboles actúan como sumidero de carbono, lo almacenan en sus ramas, troncos, hojas y suelo”.
El diputado de la Bancada Naranja precisó que los árboles nativos deben contar con características muy específicas, como tener un grosor de 7.5 centímetros, y no debe medir menos de 1.5 metros con 30 centímetros de altura.