El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) sancionó con una amonestación al Partido del Trabajo (PT), por no cumplir con la obligación de editar por lo menos una publicación trimestral de divulgación y una semestral de carácter teórico, este 9 de marzo en Sesión Extraordinaria.
Lo anterior se deriva del Procedimiento Ordinario Sancionador POS-19/2022, que inició el IEEPCNL por orden del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), respecto a irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del PT del ejercicio 2021.
De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Electoral de Estado, es obligación de las entidades políticas realizar por lo menos una publicación trimestral de divulgación y otra semestral de carácter teórico, la cual podrá ser subvencionada. Declaran improcedente recurso
En otro punto de la Sesión, el IEEPCNL determinó improcedente un recurso de revisión presentado por Félix Enrique López Ruíz y Lilia González Amaya, presidente de Alianza Cívica Nuevo León A.C. y representante del Colectivo Democracia Participativa, respectivamente, al considerar que no es una doble instancia para promover un recurso de revisión.
Asimismo, el Instituto acordó remitir el medio de impugnación al Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL), para que determine lo que corresponda de acuerdo con sus atribuciones.
Esto se origina por un escrito presentado por López Ruiz y González Amaya ante el Instituto, en contra del desechamiento del IEEPCNL en el recurso de revisión RRV-01/2023, promovido por ambos contra el Poder Ejecutivo de Nuevo León por la supuesta omisión de respuesta a la solicitud de audiencia pública que le presentaron.