Ya que las zonas turísticas de los municipios de Santiago, Allende, Montemorelos y Rayones se verían afectados en su derrama económica, el diputado local del PRI, Javier Caballero Gaona exhortó Poder Ejecutivo para que modifique el decreto a través del cual se prohíbe el uso de vehículos todo terreno (RZR) a su vez solicitó que expida el Reglamento de la Ley que Regula el Uso de los Vehículos Recreativos todo Terreno en el Estado.
En tribuna, Caballero Gaona recordó que el pasado miércoles 1 de febrero de 2023 el Ejecutivo Estatal publicó en el Periódico Oficial del Estado el decreto por el que se establecen en Nuevo León las zonas de veda para el uso de fuego, además se hace énfasis en la prohibición del uso de los vehículos todo terreno.
“Municipios como Santiago, Allende, Montemorelos y Rayones generan toda una industria alrededor de los vehículos todo terreno, qué va a pasar con las pensiones de los vehículos todo terreno, con los albergues, con los talleres mecánicos”, agregó.
“Esta restricción resulta ilegal e inconstitucional, pues la única facultad con la que cuenta el Ejecutivo Estatal, en conjunto con el Comité Estatal de Manejo de Fuego, es establecer zonas de veda para el uso del fuego, no para la prohibición del uso de vehículos todo terreno”, afirmó.
El diputado del Distrito 26 detalló que el Parque Nacional Cumbres de Monterrey, emitió las reglas administrativas del Programa de Manejo las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero del 2023.
“El Parque Nacional Cumbres acaba de presentar un plan de manejo a ahora en enero de 2023 donde regula el uso de estos vehículos y no los prohíbe, porque en años anteriores el Congreso emitió una Ley que regula el uso de vehículos todo terreno y no los prohíbe, creemos que es una violación al libre tránsito”, manifestó en rueda de prensa.
“Ordenan la actividad de los vehículos todo terreno en el parque, señalando límites de velocidad y restricciones a los sitios de tránsito, permitiendo su uso exclusivamente en los caminos establecidos, prohibiendo su circulación a más de 50 km/hora, en caminos pavimentados y 30 km/hora en caminos de terracería, sin que en ningún momento se impida su total tránsito”, añadió.